Gas en Santa Cruz: entró en vigencia la nueva Ley de Zona Fría y hay cambios importantes en los subsidios

El Gobierno nacional promulgó este martes la reforma del régimen de Zona Fría, que afecta directamente a los usuarios de gas de Santa Cruz. La provincia conserva el beneficio patagónico, pero la nueva legislación modifica su funcionamiento. Qué establece la ley, qué ocurrió con la propuesta de un descuento del 70% y qué falta definir sobre las próximas facturas.

La reforma del régimen de Zona Fría ya es ley vigente en la Argentina. Este martes 13 de octubre, el Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial la Ley 27.828, que introduce modificaciones en el sistema de subsidios al gas y tiene consecuencias directas para los hogares de Santa Cruz.

La norma fue promulgada mediante el Decreto 1161/2026, firmado el 9 de octubre, después de su aprobación en el Congreso el pasado 24 de septiembre.

Para los usuarios santacruceños, el dato central es que la provincia continúa incluida dentro del régimen especial de la Región Patagónica, aunque se modifica la forma de determinar el beneficio sobre el servicio de gas.

La entrada en vigencia de la ley abre una nueva etapa para conocer cómo se aplicarán los descuentos y de qué manera impactarán en las próximas facturas.

Qué cambia con la nueva Ley de Zona Fría en Santa Cruz
La modificación establece un nuevo funcionamiento del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas, encargado de financiar las compensaciones del régimen.

En el caso de la Patagonia, el beneficio continuará contemplando una bonificación sobre el precio del gas natural y del gas propano distribuido por redes.

La diferencia es importante porque el régimen anterior establecía una bonificación del 50% sobre los cuadros tarifarios para los usuarios comprendidos en el beneficio histórico.

Con la nueva redacción, el porcentaje específico ya no queda expresamente establecido en la ley, sino que su determinación corresponde al Poder Ejecutivo nacional o a la autoridad de aplicación.

Esto implica que los hogares santacruceños conservan la protección diferencial por las condiciones climáticas de la región, pero el alcance económico del descuento dependerá de las disposiciones que regulen su aplicación.

La normativa tampoco garantiza que las próximas facturas mantengan exactamente los mismos importes que antes de la reforma.

Qué pasó con el descuento del 70% para Santa Cruz
Durante el tratamiento parlamentario, los senadores nacionales José María Carambia y Natalia Gadano impulsaron una propuesta para crear una categoría especial denominada Zona Polar.

El proyecto contemplaba un tratamiento diferencial para Santa Cruz y Tierra del Fuego, con una bonificación equivalente al 70% de los cuadros tarifarios plenos para determinados usuarios residenciales.

También proponía eximir del Impuesto al Valor Agregado (IVA) al servicio de gas comprendido en ese régimen.

La iniciativa obtuvo un dictamen de minoría durante septiembre, pero finalmente no fue incorporada a la legislación sancionada por el Congreso.

De esta manera, la Ley 27.828 no establece un descuento del 70% ni una exención de IVA específica para Santa Cruz y Tierra del Fuego.

Ambas provincias continúan comprendidas dentro del tratamiento previsto para la Región Patagónica.

Cuándo comienza a aplicarse la nueva ley
El artículo 12 de la Ley 27.828 establece que la normativa entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Por ese motivo, la reforma comenzó a regir formalmente este martes 13 de octubre de 2026.

Sin embargo, la entrada en vigencia de una ley no implica necesariamente que todos sus efectos económicos se reflejen de manera inmediata e idéntica en las facturas que reciben los usuarios.

Para conocer el impacto concreto será necesario considerar las disposiciones de implementación, las tarifas vigentes, los períodos de consumo y las condiciones de cada suministro.

La reforma también establece que el régimen se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre de 2031, lo que proporciona un nuevo horizonte legal para el sistema de subsidios.

¿Los santacruceños van a pagar más por el gas?
Esta es una de las principales preguntas que surgen después de la promulgación.

La nueva legislación modifica las condiciones de cálculo y financiamiento del beneficio, pero no permite determinar por sí sola cuánto aumentará o disminuirá cada factura.

El importe final depende de diferentes componentes, entre ellos el precio del gas, el transporte, la distribución, los cargos aplicables, los impuestos y el consumo registrado.

Por eso, aunque Santa Cruz mantiene el reconocimiento como región beneficiaria, la continuidad del régimen no significa necesariamente que los usuarios pagarán lo mismo.

Tampoco sería correcto afirmar que todas las familias experimentarán un incremento de un porcentaje determinado únicamente como consecuencia de la publicación de la ley.

El efecto concreto deberá analizarse a partir de las condiciones de aplicación del nuevo esquema y de las tarifas correspondientes.

Qué usuarios están contemplados
La norma distingue el régimen histórico de la Región Patagónica de una bonificación adicional por Zona Fría para otras zonas bioambientales del país.

En el primer caso, continúa contemplándose la protección diferencial para los usuarios residenciales de gas natural por redes y gas propano indiluido por redes, así como para determinados usuarios del Servicio General P abastecidos por este último sistema.

Para otras regiones, la legislación establece condiciones específicas de acceso a la bonificación adicional, vinculadas con el Régimen de Subsidios Focalizados y determinados criterios socioeconómicos.

Entre esos criterios aparecen los ingresos familiares, la inscripción en el Registro Nacional de Barrios Populares, las pensiones vitalicias para veteranos de Guerra del Atlántico Sur y determinadas situaciones vinculadas con certificados de discapacidad.

Es importante aclarar que esos requisitos corresponden a la bonificación adicional definida en la ley y no deben confundirse automáticamente con las condiciones del régimen histórico patagónico.

Hasta cuándo estará vigente el beneficio y qué falta definir
La Ley 27.828 establece que el nuevo esquema tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2031.

También mantiene un mecanismo de financiamiento mediante un recargo sobre el precio del gas natural comercializado en el país, con determinadas excepciones.

El texto permite que el Poder Ejecutivo nacional modifique el nivel de ese recargo dentro de los límites legales previstos.

Para Santa Cruz, las próximas definiciones serán relevantes para establecer el porcentaje efectivo de bonificación y su aplicación sobre los consumos comprendidos en el régimen.

El tratamiento diferencial del gas tiene particular importancia en localidades como Río Gallegos, Río Turbio, 28 de Noviembre, El Calafate, Puerto Santa Cruz, Puerto San Julián, Caleta Olivia y otras ciudades donde las bajas temperaturas hacen que la calefacción sea un servicio esencial durante buena parte del año.

Con la promulgación, la discusión sobre la continuidad legal del nuevo régimen quedó resuelta. Ahora, la atención se traslada a su implementación y a las consecuencias concretas que tendrá para las familias santacruceñas cuando reciban las próximas facturas.