El actual intendente de Río Gallegos Pablo Grasso es parte de una denuncia en el fuero Federal, en base a una investigación administrativa realizada sobre el IDUV (Instituto de la Vivienda) cuando en el 2015 Grasso se desempeñaba como Presidente. El núcleo de la denuncia se refiere a facturación apócrifa por 116 millones de pesos.
La presentación judicial la hizo la Vocal del Tribunal de Cuentas Dra Yanina Silivia Gribaudo y abarca al actual Intendente de Río Gallegos Pablo Grasso, ex presidente del IDUV (Instituto de la Vivienda), a Oscar Arbe, actual Subgerente de Ferrocarril y Puertos de YCRT y a los Directores Administrativos, Juan Pedro Cvitanic, Jonathan Nifosi, entre otros ex funcionarios del IDUV.
“Que, y habiendo analizado el expediente, primer informe, y el informe final, y proyecto de fallo presentado por la vocal de Entes Descentralizados del Tribunal de Cuentas, y advertida la gravedad de la observación realizada en el apartado “VII – OBSERVACIONES PARTICULARES, 9) Expediente IDUV No 52740/2014 “Nuevo Hospital en El Calafate”, B) Códigos de Autorización Electrónico de Comprobantes”, se propuso al cuerpo en acuerdo realizado el día 02 de junio de 2021, que se disponga, se pongan los hechos en conocimiento del Juez de Instrucción que por turno corresponda, para la intervención de su competencia, ello, en cumplimiento de las exigencias contenidas en el art. 31 de la ley 3.325 y artículo 169 del Código Procesal Penal”, indica en su primera parte la denuncia de Gribaudo-
Facturas apócrifas
“Se verifica que son presentadas facturas que fueran confeccionados en diferentes momentos, pero con CAE (Código de Autorización Electrónico) idéntico y vencido, careciendo los mismos, en principio, de validez”, señala Gribaudo quien toma conocimiento de los hechos cuando el Tribunal trató el “Acuerdo N° 2813 del 02 de junio de 2021, expediente 817.191-TC-2015, caratulado “Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda – Estudio de Rendición de Cuentas 2015”, en el cual se resaltan las irregularidades expresadas por los inspectores que habían trabajado sobre aquella auditoría al IDUV.
Todas las facturas tenían inválido el Código de Autorización Electrónico y la explicación, tal como consta el documento fue que “se debía al sistema utilizado para la impresión de las facturas, siendo que al ser electrónicas se daba por hecho la respectiva autorización”.
Luego de descubrir este delito, la Dra Gribaudto le propuso a sus pares del Tribunal de Cuentas, realizar la denuncia penal en la Justicia Federal “en cumplimiento de las exigencias contenidas en el art. 31 de la ley 3.325 y artículo 169 del Código Procesal Penal”.
Los Vocales del FPV coincidieron que los hechos analizados eran graves, pero igualmente se opusieron a realizar la denuncia penal federal y solo optaron por la aplicación de una multa a dos de los responsables de la maniobra delictiva, a los Directores Administrativos Juan Pedro Cvitanic, Jonathan Nifosi,
Ante esta actitud corporativa de los Vocales oficialistas, la Vocal por minoría Yanina Gribaudo votó en contra y decidió personalmente denunciar el ilícito ante la justicia federal acompañando todos los detalles de la facturación apócrifa expedida, ya que los delitos que involucran estas acciones, pasan por la administración fraudulenta, apropiación indebida de fondos y tributos, evasión fiscal agravada y adulteración de documento público, consigna la denunciante.
La facturas falsas del delito cometido
Entre las irregularidades que posee la documentación apócrifa que los Vocales del oficialismo confirmaron pero se negaron a denunciar penalmente se destacan:
El número CAE no existe en la base de datos de la AFIP.
La CUIT del emisor no se corresponde con el CAE ingresado.
El tipo de comprobante no se corresponde con el CAE ingresado.
El punto de venta consignado no se corresponde con el CAE ingresado.
El número de comprobante no se corresponde con el CAE ingresado.
La fecha consignada no se corresponde para el CAE ingresado.
El importe total no se corresponde con lo registrado en la AFIP.
El tipo y número de documento del receptor no se corresponde con la informada en el comprobante o no es válida y no se encontraba activa al momento de la emisión.
No solo los comprobantes tienen el mismo número de CAE, sino que, además, a la fecha de emisión de las facturas el mismo se encuentra vencido con fecha 19/04/2014. Por otro lado, el código de barras debe contener datos específicos del comprobante y del emisor de la factura en el siguiente orden:
Número de CUIT del emisor de la factura
Código del tipo de comprobante
Punto de venta
CAT / CAE
Fecha de vencimiento del CAT / CAE
Dígito verificador
“Los códigos de barra de las facturas analizadas presentan errores en esta composición: además de contener todas ellas un idéntico número (CAE), que debiera ser único para cada comprobante, el código del tipo de comprobante no es el que debiera contener y los últimos dígitos se corresponden a la fecha de la factura cuando correspondiera incluirse la fecha de vencimiento del CAE. Cabe recordar que las Facturas con CAE vencido, es decir, vencido el plazo para su utilización constituyen Facturas inutilizadas e invalidas, por lo tanto, el pago seria indebido e improcedente, debiendo haber solicitado oportunamente al proveedor su anulación y emisión de una nueva Factura.”, concluye el informe y denuncia ante la justicia federal.
Hospital SAMIC El Calafate –
Tenga presente el lector, lo que expresó la Dra Gribaudo y reafirmamos por tercera vez en este informe: los Vocales del Tribunal de Cuenta del oficialismo, reconocieron la gravedad del delito, son conscientes del fraude pero se negaron a denunciar penalmente a Pablo Grasso y sus administradores en el IDUV, tratando de “resolver todo” con una exigua multa a dos funcionarios de segunda y tercera línea.
Esto constituye lisa y llanamente: complicidad con el delito cometido, por parte del organismo auditor de la provincia de Santa Cruz.
(Agencia OPI Santa Cruz)