Se trata de una herramienta destinada a auxiliar a empresarios y comerciantes de Santa Cruz que atraviesan una compleja situación económica. La iniciativa fue sancionada en sesión extraordinaria en la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Cruz, reunida en Río Gallegos.
La norma declara la emergencia en todo el territorio provincial hasta el 31 de diciembre de 2026 inclusive, alcanzando a aquellas empresas que cuenten con certificado MiPyme y que revistan calidad de Contribuyentes Puros o de Convenio Multilateral, con domicilio fiscal en la provincia.
Alivio fiscal
Uno de los puntos centrales de la ley es la suspensión del inicio de ejecuciones fiscales y la paralización de aquellas que ya se encuentren en trámite, durante el plazo de vigencia de la emergencia. En los casos en que no exista sentencia firme, los procesos continuarán hasta el fallo, pero sin actos de ejecución ni embargos, lo que representa un alivio inmediato para el sector.
Asimismo, se instruye a la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (ASIP), a Servicios Públicos Sociedad del Estado (SPSE), a DISTRIGAS S.A. y a todos los organismos provinciales de recaudación a implementar planes de regularización de deudas con carácter prioritario. Estos planes podrán extenderse hasta en 60 cuotas mensuales y consecutivas, con una tasa de financiación de hasta el 25 por ciento efectiva anual. Además, se prevé una quita de hasta el 100 por ciento de multas e intereses resarcitorios o por mora, y la posibilidad de incorporar deudas incluidas en planes vigentes al momento de entrada en vigencia de la ley.
La normativa también instruye al Poder Ejecutivo Provincial a gestionar ante entidades financieras públicas y privadas, así como ante autoridades nacionales, beneficios especiales para los sujetos alcanzados. Entre ellos, líneas de crédito a tasa diferenciada y eventuales exenciones o diferimientos en la presentación y pago de declaraciones juradas de tributos provinciales y, en su caso, ante organismos nacionales.
Otro aspecto relevante es la autorización al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura para regularizar las deudas que el Estado provincial mantenga con las empresas comprendidas en la emergencia, habilitando instancias de compensación o renegociación. En la misma línea, se invita a los municipios a adoptar medidas similares respecto de sus compromisos con el sector privado.
La ley crea además una Comisión de Seguimiento de la Emergencia Comercial, Industrial y Pyme, que se reunirá una vez por mes hasta diciembre de 2026 para monitorear la evolución de la crisis y el impacto de las medidas adoptadas. Estará integrada por representantes de los ministerios provinciales involucrados, de la ASIP, de la Secretaría de Estado de Comercio e Industria, de cada bloque parlamentario, del Sindicato de Empleados de Comercio y de entidades gremiales empresarias. Este cuerpo podrá proponer nuevas medidas, tanto al Ejecutivo como al Legislativo, para mitigar los efectos de la crisis.
La autoridad de aplicación será determinada por el Poder Ejecutivo, que tendrá además la facultad de otorgar una constancia de empresa productiva en emergencia, con el objetivo de facilitar el acceso a beneficios financieros.
La normativa aprobada hoy invita a organismos nacionales descentralizados y a entidades financieras públicas con actuación en la provincia a adherir a la ley. El Poder Ejecutivo deberá reglamentar la norma en un plazo no mayor a 30 días desde su promulgación.