El Gobierno nacional informó el jueves último que Cristina Fernández dejaría de cobrar su jubilación y la pensión por Néstor Kirchner, luego de que la Cámara Federal de Casación, confirmó su condena de seis años de prisión y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos que había dictado el Tribunal Federal Oral N° 2.
“Por orden del presidente Javier Milei y detrás del trabajo del Ministerio de Capital Humano, a través de Anses, se resolvió dar de baja la asignación de privilegio que la ex presidenta Cristina Kirchner venía percibiendo tanto en la asignación personal como en la derivada por pensión del fallecido ex presidente Néstor Kirchner”, dijo públicamente el Vocero presidencial y le movió la estantería, no solo a la doble condenada por corrupción, Cristina Fernández, sino a todo el peronismo/kirchnerismo que se identifica con la viuda.
El beneficio previsto por la Ley 24.018 para expresidentes y ex-vicepresidentes de la Nación es una asignación que no tiene carácter contributivo y se otorga con carácter excepcional y extraordinario, como contraprestación al honor, el mérito y el buen desempeño en el cargo. “La señora Cristina Kirchner fue condenada por la Cámara de Casación Penal en la Causa Vialidad como autora del delito de administración fraudulenta, por lo que representa lo contrario al honor, al mérito y al buen desempeño”, argumentan desde el gobierno.
Si nos ajustamos a la definición legal y a lo establecido en la Ley 24.018 en su artículo 5 dice “La percepción de la asignación ordenada en el artículo 1, es incompatible con el goce de toda jubilación, pensión, retiro o prestación graciable nacional, provincial o municipal, sin perjuicio del derecho de los interesados a optar por aquélla por estos últimos beneficios. Para tener derecho al goce de esa asignación es condición que los beneficiarios estén domiciliados en el país”.
Y el artículo 29 de la misma ley establece “Los beneficios de esta ley, no alcanzan a los beneficiarios de la misma que, previo juicio político, o en su caso, previo sumario, fueren removidos por mal desempeño de sus funciones”.
Y aquí la discusión
La medida tomada por Milei es tan espectacular como posiblemente impracticable, teniendo en cuenta las sutiles interpretaciones a la que son afectos los jueces, según su perfil ideológico, los no tan sutiles como el propio Maqueda y los huecos legales que tienen las leyes, para permitir interpretaciones superfluas, sesgadas o recorrer los agujeros de gusanos del intrincado mundo de las leyes y los códigos argentinos, tan maleables y flácidos a la hora de jugar unos delitos y otros; unos delincuentes y otros.
Objetivamente, si uno toma los dichos del artículo 29, en el caso de Cristina Fernández no hubo juicio político, ni sumario, ni fue removida de su cargo, aunque se haya desempañado mal en sus funciones. Es decir, es muy discutible argumentativamente el encuadramiento que le dan políticamente al desempeño de CFK, sin la existencia de cualquiera de los procedimientos previos que se enumeran, pero si se toman aspectos sustanciales del cargo como la honorabilidad, el mérito y el buen desempeño de las funciones, la visión que se despliega en nuestro análisis, es distinto.
A partir de allí se genera prácticamente un planteo deontológico sobre si es aplicable o no una medida como la anunciada por el presidente, sobre la percepción de jubilaciones graciables, aplicadas en calidad de premio al honor y agradecimiento de la Nación por los servicios prestados, cuando en realidad, quien usufructuó ese cargo lo usó para delinquir, robar en banda y armar una ingeniería financiera y económica con el solo fin de saquear al Estado, que debía defender y administrar.
Entonces aquí comienza a ponerse muy resbaladizo el concepto de justicia, moral y el “deber ser”. ¿Se puede despojar de un derecho adquirido a quien en la práctica tuvo por dos períodos el derecho y el deber de representar al país, mediante el voto popular? ¿Se puede otorgar un beneficio a quien usó el cargo electivo que ostentó por dos mandatos consecutivos, para robar fondos públicos, estafar a los argentinos y promover, mediante acciones delictivas, la constitución de una asociación ilícita para quedarse con el patrimonio público, por el cual debía velar y resultó completamente infiel en el objetivo que le confirió el pueblo?
Personalmente, creo que darle a Cristina Fernández, como antes ocurrió con Carlos Menem, jubilaciones y pensiones en reconocimiento por “el deber cumplido”, cuando asaltaron al Estado, se enriquecieron ellos, sus familias, amigos y socios políticos, es como permitirle a los parricidas, heredar a sus padres asesinados.
La indignidad en ambos casos y salvando la distancia del delito tipificado en el código, corre tanto para quien mata con el fin de cobrar una herencia familiar como para quien usa el máximo cargo que le ofrece la Nación a un ciudadano, para administrarlo durante cuatro u ocho años y robar sus recursos desde el poder, como en este caso y terminado el/los mandatos, el Estado paga una renta vitalicia al que le robó descaradamente.
Es inmoral que una persona que delinquió desde el más alto cargo de la Nación, cobre un premio por haber sido desleal, indecorosa, deshonesta e indigna del lugar donde fue puesta por el voto popular, razón por lo cual recibió una condena a 6 años de prisión, ratificada por un segundo Tribunal que no dudó en reconfirmar la comisión de sus delitos, aún cuando, está claro, le hicieron precio, al no aceptar (aún) la “Asociación ilícita” de la cual la ex presidente fue la jefa.
Robar hasta en retirada
La cleptomanía de la ex presidente se ha revelado hasta en sus días de retiro en El Calafate, ya que por declaraciones de Director Ejecutivo de la ANSES Mariano de los Heros, ahora sabemos que CFK cobraba $35.255.257,72 por mes, cifra de la cual $6.354.523,00 correspondían al “suplemento por zona fría”.
Este beneficio está diseñado para compensar las condiciones geográficas y económicas desfavorables de quienes residen en la región patagónica, pero ningún jubilado y/o pensionado que en actividad haya trabajado en Buenos Aires u otra provincia del norte y migre al sur como jubilado, la ANSES le va a asignar “zona”, como a la doble condenada.
Cristina Fernández no desempeñó su función como Presidente desde El Calafate, lo hizo en CABA con domicilio en el barrio de Recoleta, lo cual resume todo a una simple explicación: durante los últimos 4 años en el cual puso en el poder al estúpido presidente Alberto Fernández, los bandidos K, en el ANSES, le habilitaron “la zona” para que sus inmerecidas jubilaciones de privilegio, se incrementaran en 6,3 millones de pesos de manera abusiva e ilegal. (Agencia OPI santa Cruz)