Denunciaron al Jefe de Gabinete del intendente Fernando Cotillo por violentar a una empleada en presencia de otros funcionarios.

De acuerdo a la documentación a la que tuvimos acceso, el señor Juan Carlos Gómez, Jefe de Gabinete del Intendente de Caleta Olivia, Fernando Cotillo, hace una semana fue denunciado por una empleada municipal debido a una agresión verbal de parte del alto funcionario municipal, al punto que descompensada debió ser internada en Terapia Intensiva durante 2 días, para recuperarse de las graves consecuencias que le produjo la violenta acción verbal y psicológica que recibió.

La víctima realizó personalmente la denuncia hace una semana atrás ante la justicia y el día 23 de junio 2022, a través de la División de la Comisaria de la Mujer y la Familia de la ciudad de Caleta Olivia se notificó la decisión del juez, titular del Juzgado Nº 2, quien ordenó una restricción al Jefe de Gabinete de la Municipalidad, quien, a pesar de tan grave acusación en su contra, sigue en su cargo.
Mónica Vilches, la víctima quien trabaja en el Centro Integral de la Mujer, se ha expresado en varios medios radiales de la provincia sobre los hechos ocurridos, entre ellos radios de Caleta Olivia y Fm News en Río Gallegos y acusó directamente al funcionario municipal por la agresión y a otros que lo acompañaban por omisión, dado que nadie intervino para detenerlo ni denunciarlo. Ha dicho que se sintió agredida, intimidada, que tenía miedo, se sintió violentada y mientras estuvo internada en la UTI del hospital Meprisa, recibió la visita de dos personas, presuntamente enviadas por el Ejecutivo municipal, para “arreglar las cosas”.
Consta en el documento judicial, que el señor Juan Carlos Gómez y la señora Sandra Díaz, Secretaria de Cultura, Turismo, Deporte, Juventud y Mujer “…como así también de todo el personal que le depende a ambos funcionarios”, dice la orden, “tienen prohibición de acercamiento a la víctima por el término e 90 días, tanto en el domicilio como en la vía pública”.

Asimismo el Juez prohibió toda comunicación y contacto tanto de Juan Carlos Gómez como de Sandra Díaz y el personal dependiente y por el término de 90 días “…por cualquier via, telefónica, Mensajes de texto, WhatsApp y redes sociales como Facebook, Twitter, Instagram etc., debiendo abstenerse la misma de efectuar cualquier manifestación pública que menoscabe el buen nombre y honor de la otra parte, bajo apercibimiento de Ley”

Los hechos

Hace una semana atrás hubo en Caleta Olivia una reunión de funcionarios municipales para debatir sobre el destino del local donde funciona el Centro Integral e la Mujer, dentro del municipio, el cual funciona allí desde hace 25 años, porque la idea es que tanto el edificio como el personal de ese Centro Integral, pase a depender de La Cámpora, en la cual milita Cristhel Yacante Secretaria de Mujer y Género de la Municipalidad, desde hace poco más de un mes, cuando el 17 de mayo el intendente Fernando Cotillo amplió su gabinete y sumó alrededor de cinco secretarías más, lo cual equivale a unos 40 cargos políticos que sumó el jefe comunal en el último bimestre.
La discusión en la mesa fue aumentando el tono y la señora Mónica Vilches, tal como ella misma lo manifestó, llegó tarde y comenzó a participar, caldeándose el ambiente con un incremento irracional de la agresividad por parte del señor Juan Carlos Gómez a quien en una de las fotos se lo ve levantando el dedo y visiblemente molesto.

Las agresiones verbales hacia la denunciante fueron en incremento, hasta que la mujer se descompensó y tuvo que ser internada para su recuperación. Sin embargo, el problema no termina allí, por cuanto en esa mesa estaban las señoras Yacante, Díaz y otros funcionarios quienes están obligados por la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los Ámbitos en que Desarrollen sus Relaciones Interpersonales por el Art 18, a realizar las denuncias de lo allí sucedido.

Dice la Ley: ARTICULO 18 – Denuncia. Las personas que se desempeñen en servicios asistenciales, sociales, educativos y de salud, en el ámbito público o privado, que con motivo o en ocasión de sus tareas tomaren conocimiento de un hecho de violencia contra las mujeres en los términos de la presente ley, estarán obligados a formular las denuncias, según corresponda, aun en aquellos casos en que el hecho no configure delito.

Juan Carlos Gómez es el Secretario General Coordinador de Gabinete y Sandra Díaz, Secretaria de Cultura, Turismo, Deporte, Juventud y Mujer de la municipalidad y fue candidata a Diputada por el Pueblo de Javier Belloni. Ellos dos son responsabilizados directamente por el maltrato, pero de los asistentes a aquella reunión y testigos directos de las acciones de ataques verbales contra la señora Vilches, ninguno dio cumplimiento a la Ley 26.485, dado que tienen obligación de realizar la correspondiente denuncia por lo sucedido.

La propia víctima, luego de salir de Terapia Intensiva, tuvo que realizar la denuncia respectiva logrando que, por el momento, el Juez haya ordenado una perimetral para el Secretario de Gabinete del Intendente Cotillo y de otros funcionarios y empleados del área donde se desempeña la víctima.

Incursos en delitos

Haber omitido la denuncia respectiva, por parte de los funcionarios municipales presentes en esa reunión, los hace incurrir en la figura de incumplimiento de los funcionarios públicos.

Por esta razón, el Juez pone una orden de restricción directa sobre el señor Gómez y al Señora Díaz; es decir allí juzga la acción de estos dos funcionarios, el maltrato y la violencia de género ejercida contra Vilches.
En cambio, contra el resto de los presentes, pesa el cargo “omisión”, significa que habiendo sido testigos de los hechos, no realizaron la denuncia respectiva, más aún cuando, presente allí, estaba la Secretaria de Mujer y Género que hace un mes se encuentra en funciones en el municipio.

“Quien omite evitar un resultado perteneciente al tipo de una ley penal, es punible conforme a esta ley sólo cuando debe responder jurídicamente para que el resultado no aconteciera y cuando la omisión corresponde a la realización del tipo penal mediante un hacer”, dice la ley que en este caso, nadie cumplió.
(Agencia OPI Santa Cruz)